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Propiedad intelectual, la problemática de lo intangible

OPINIÓN subsanado| Los casos continuos y masivos de robo de propiedad intelectual en China, tanto de Estados Unidos como de otros titulares de propiedad intelectual son motivo de preocupación. La protección de datos y la propiedad intelectual acarrean la problemática de lo intangible. Entonces, solo la economía del conocimiento que crece ampliamente a través del periodismo web puede usarse de manera segura. Por eso los creadores e innovadores que hacen público su trabajo en medios online deben ser respetados pagando sus cuotas.

Propiedad intelectual

Para entender la propiedad intelectual tenemos que identificar qué es. Un concepto que está formado por dos palabras. Sería pertinente primero entender qué es la palabra -propiedad-. En el ámbito del derecho se refiere a esas prerrogativas o facultades que se le dan a los individuos para que puedan adueñarse de ciertas cosas. La característica de -intelectual- tiene que ver con el tipo de cosas que pueden ser tangibles o intangibles. En esta ocasión nos estamos refiriendo a la propiedad intelectual en medios digitales. Lo que se refiere prácticamente a cuestiones como el software o nombres de dominio, entre otros.

Juan Antonio de Heras y Tudela, habla sobre la propiedad intelectual.

Es difícil hablar de propiedad intelectual. Incluso aunque no introduzcamos el contexto digital, las personas no están acostumbradas a ir y registrar, por ejemplo, una marca. Entonces necesitamos una cultura en donde la gente entienda por qué es importante la propiedad intelectual. Una vez que las personas lo entiendan se podrá trasladar al ámbito digital que es donde puede haber problemas.

Por ejemplo, hay cuestiones de nombres de dominio, que son esas descripciones que tenemos en las páginas de internet, que muchas veces son ocupadas de manera fraudulenta. Hay una práctica muy común que se llama cybersquatting o ciberocupación. Consiste en que una persona puede tener su marca y la puede tener registrada, sin embargo, esta extensión de dominio no la registran ante una autoridad.

Es una organización totalmente ajena. Por esta situación se puede presentar que una persona tenga el nombre de la marca pero no haya registrado el dominio. Entonces, fraudulentamente, hay personas que se dedican a registrar estos dominios para que una vez que el dueño de la marca la quiera registrar no pueda acceder a ciertas terminaciones. El negocio se basa en venderles esas terminaciones, esta práctica sigue siendo muy extendida en la actualidad.

Periodismo y redes sociales: ¿cómo no incurrir en la violación de la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual se mantiene sea la que sea la plataforma que se utilice. Esa propiedad implica:

  • El reconocimiento del autor, que se hace al citar su nombre y el del medio original de la publicación.
  • El reconocimiento económico con el que se retribuye el trabajo del autor.

Cuando los derechos de autor se reconocen, se concreta el valor de la justicia que ordena respetar la propiedad de una persona sobre las obras logradas con su trabajo. En este caso concreto, el valor de la veracidad que exige informar sin duda alguna, sobre el autor de textos, investigaciones o imágenes utilizados para una información pública. Son homenajes a la justicia y a la verdad las atribuciones que se hacen a los autores, de sus obras publicadas.

Es la razón que sustenta la práctica de publicar una fotografía o un texto. Únicamente cuando su autor ha puesto las condiciones y dado su consentimiento para hacer pública alguna obra suya. A veces sucede que los autores han cedido sus derechos a la empresa periodística o a una editorial. En este caso es esa empresa quien concede la autorización respectiva.

Taller Sobre herramientas de propiedad intelectual para periodistas.

La relación de la fotografía con el sistema legal se da en el área de los derechos públicos, es decir, los que vinculan al fotógrafo con la sociedad. La sociedad tiene ciertos derechos cuya defensa pública corresponde a los fiscales. Éstos deben perseguir a quien atente contra la sociedad, por ejemplo, con la difusión de fotos que atentan contra la moral y las buenas costumbres.

Otro nivel de relación legal se establece entre el fotógrafo y quien lo contrata. Rigen las reglas generales previstas para ello. Puede el fotógrafo trabajar en forma subordinada y dependiente bajo la forma de contrato de trabajo, o puede hacerlo libremente. Habría que estudiar en cada caso cómo afecta el tipo de trabajo la labor fotográfica y la responsabilidad legal que se deriva por dicha labor ante terceros.

En este caso es recomendable hacer un buen contrato, situándolo en el ámbito de la autonomía de la voluntad donde es ley lo que las partes decidan. Todo lo que el fotógrafo produzca fotográficamente es propiedad del empleador, siempre que no haya pactado lo contrario. Así, pues, los fotógrafos tienen que tomar las providencias legales del caso si quieren asegurarse de que se respeten al máximo las condiciones de su labor fotográfica.

Elsa González

La ex-presidenta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), Elsa González, defendió abiertamente los derechos de autor para los periodistas. Su intervención tuvo lugar en el curso de verano de la Universidad Complutense sobre “Ética, credibilidad y confianza en los medios de comunicación del siglo XXI”.

Elsa González durante su intervención en la Universidad Complutense de Madrid.

“El reconocimiento de los derechos de autor es una de las asignaturas pendientes de los periodistas. Aunque, por cierto, sí se les reconocen a efectos jurídicos, como responsables del contenido de las informaciones que publican”. Y ha señalado que “la Ley viene a decir que todo el que crea un producto intelectual tiene derecho a su control, derecho moral y patrimonial. No sólo estoy hablando del terreno económico, sino de la posibilidad de alterar o distorsionar el producto”, señaló González.

Manifiesta que en la actualidad “las empresas se lucran del trabajo periodístico y la tecnología facilita la redifusión infinita del texto que se ha entregado para un uso determinado, no indefinido”. La ex-presidenta de la FAPE exigió que se permita al colectivo periodístico participar en los debates sobre derechos de autor, incluso “en lo que tiene que ver con su aplicación en la Red”.

“En la Subcomisión sobre la Propiedad Intelectual del Congreso de los Diputados –recordó- se consultó a más de un centenar de organizaciones, y ninguna era de periodistas. Es absurdo que la nueva Ley plantee al periódico como una obra colectiva, como si se tratara de una enciclopedia. El trabajo del periodista es exclusivo y singular y merece ser debidamente reconocido. Al menos, tanto como el de otros profesionales del sector editorial”.

Elsa González ha destacado también en su intervención que en Gran Bretaña, Alemania o Francia sí está protegida, aunque sólo en parte. «Incluso la Comisión Europea reconocía que este oficio debe tener derechos de autor, como algo esencial para construir un periodismo independiente, profesional y de alta calidad”.

“Al periodista se le hurta su propiedad intelectual. Somos creadores con derechos y deberes y tenemos voz en este escenario”, concluyó.

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